RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ASISTENCIALES DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2025-2026
Las familias que han solicitado dicha ayuda pueden descargar la resolución en este enlace:
Res list prov CI 262283 12-9-25.pdf
Plazo de reclamación, desde el 15 hasta el 29 de septiembre de 2025, ambos inclusive.Se puede proceder a la subsanación de las ayudas en sede electrónica procedimiento 0935 .
- Aportando en la sede electrónica, la alegación de subsanación que puede encontrar en https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=935&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288#seccion-documentos, en la pestaña alegaciones.
- Acudiendo a un registro oficial (no centro escolar) con el documento anexo de alegaciones, que también pueden encontrar en MODELO ALEGACIONES .pdf
Las ayudas que aparecen como desistidas son aquellas que habiendo comunicado por carta certificada o notificación electrónica la falta de documentación a los solicitantes, no la han presentado. Esas cartas están disponibles en el servicio de Promoción Educativa a disposición de los interesados. Si les autorizan los padres y nos avisan con antelación podemos facilitarles dicha documentación.
En relación con las ayudas denegadas, el motivo indicado como «9. Artículo 14.3 de las bases reguladoras», la mayoría de las veces suele ser porque
supuestamente algún miembro de la unidad familiar tiene obligaciones tributarias sin cumplir. Por lo que tendría que regular su situación con la Agencia Tributaria y comunicarlo al servicio mediante alegación en el plazo para ello.
Les recordamos que los datos económicos de referencia son los del año pasado ejercicio 2024.